Oncológico Indemnizatorio
Cubre en caso el asegurado sea diagnosticado por primera vez de cáncer y en caso sea hospitalizado por el mismo diagnóstico.
"Mapfre Perú compañía de Seguros y Reaseguros es responsable frente al contratante y/o asegurado de la cobertura contratada y de todos los errores u omisiones en que incurra Caja Piura con motivo de comercialización de las pólizas de seguro"
Si desea obtener información adicional sobre los beneficios que le ofrece el Seguro Oncológico Indemnizatorio”, comuníquese a través de nuestra línea de atención al cliente de Caja Piura 073-284321 o al 0801-14321 a costo de llamada local.
Beneficios
Cubre en caso el asegurado sea diagnosticado por primera vez de cáncer y en caso sea hospitalizado por el mismo diagnóstico.
Dirigido a toda persona natural que tenga cuenta de ahorros en Caja Piura. (Afiliación por Débito Automático).
Podrá asegurarse al titular de la cuenta, cónyuge o conviviente, hijos, padres del asegurado titular o al tercero. Siempre y cuando no haya cumplido los sesenta y nueve (69) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días.
No hay Edad límite de permanencia.
Requisitos
·Persona natural que es cliente de Caja Piura en calidad de titular de una tarjeta de débito.
·El seguro se debitará de una cuenta de ahorro o ahorro con órdenes de pago individual o solidaria “o” y cuentas de remuneraciones.
Coberturas, sumas aseguradas y Tarifas
El Beneficiario corresponde al mismo Asegurado.
*Vigente a partir del 10.04.2025
Procedimiento en caso de siniestros
Para atender la solicitud de cobertura por ocurrencia del siniestro, se deberá comunicar a la Central Telefónica de MAPFRE SI24, 213-3333 y 0801-1-1133 (Provincia) o vía WhatsApp al 999-919-133 adjuntando la documentación señalada líneas arriba, Dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha del resultado del examen histopatológico, por escrito y de manera cierta a través de los medios y en la dirección previamente acordada con el contratante. LA COMPAÑÍA podrá solicitar aclaraciones y/o precisiones a la información anteriormente solicitada en la póliza al ASEGURADO, la misma deberá ser solicitada dentro de los primeros veinte (20) días del plazo de treinta 30) que tiene LA COMPAÑÍA para consentir o rechazar el pago de la indemnización. Una vez consentido el siniestro LA COMPAÑÍA indemnizará en un plazo no mayor 30 días.
Atención de Reclamos
Para canalizar la atención de reclamos, el asegurado y/o los usuarios
deberán dirigir a Mapfre Perú y/o a Caja Piura, una carta con indicación clara
y precisa de su nombre completo, datos de identificación, domicilio, número de
póliza, nombre del producto / servicio afectado y una breve explicación del
hecho reclamado.
La respuesta al reclamo será remitida al usuario en un plazo no mayor a 30 días
de presentada la carta a la compañía. Los plazos de respuesta podrán ser
ampliados cuando la complejidad y naturaleza del reclamo lo justifique.
Exclusiones
Este seguro no cubre:
Enfermedades diagnosticadas con anterioridad a la fecha de inclusión en este seguro.